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Legislación Española sobre Seguridad
La normativa española sobre seguridad se compone de una multitud de Leyes, Decretos, Ordenes, etc., mediante la cual se ha pretendido regular un conglomerado de aspectos todos relacionados con la seguridad y con un resultado, como reconocen los profesionales, de dudoso exito.
Dentro de esta legislación se enmarca las normas relacionadas con las instalaciones de alarmas en concepto amplio, que serían normas aplicables a distintos sujetos en función de su identidad o actividad; financiera, industrial, comercial, particular, etc.
Por ello, se han creado unos estandares bajo la denominación y definición de la Norma UNE-EN 50130 los cuales exigen en función del tipo de Grado de seguridad marcado y que va del 1 al 4, que las alarmas y sus componentes hayan sido construidos con arreglo a esos estandares.
Los Grados de seguridad serían:
- El Grado 1 sería el nivel más bajo de seguridad y englobaría a cualquier alarma que no tenga por objetivo conectarse a ninguna central de alarmas, solo funcionarían con una señal acústica.
- El Grado 2 se plantea para riesgos de bajo a medio, viviendas, comercio e industria, y dichas alarmas se podrán conectar a centrales o centros de control.
- En el Grado 3, se enmarca el riesgo medio, alto y está pensado para empresas o actividades que tengan obligación de instalar por su normativa este tipo de alarmas.
- El Grado 4, se reserva para instalaciones de alto riesgo, militares, empresas de seguridad., etc.
En esta Norma se definen las características que deben de cumplir los fabricantes al fabricar estos productos y así mismo se les exige un Certificado de que se han cumplido dichas especificaciones.
Es muy importante, cuando algún posible usuario de estas centrales quiera comprar una central de alarma, que compruebe si cumple dicha normativa.
Para ver toda la legislación española sobre Seguridad:
http://seguridad.org/.1605.html
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